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  • Consulta : 282137
  • Autor : PeregrinaSalazar
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  • Autor
    Respuesta No: 393424

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    La norma jurídica establece que para que la madre pierda la custodia se debe acreditar que ejerce violencia (ELLA) o es peligrosa para la niña, se dedica a la prostitución, etc. (Articulo 414 Bis Código Civil Nuevo León).

    Sin embargo existe una tesis aislada que te puede ayudar si inicias un juicio, que dice:

    GUARDA Y CUSTODIA DE MENORES. LAS PRUEBAS PERSONALES PARA EVALUAR LA IDONEIDAD DE LOS PADRES QUE PRETENDEN SER TITULARES DE AQUÉLLA, TAMBIÉN DEBEN PRACTICARSE A LAS PAREJAS CON LAS QUE COHABITEN..

    En la cual se hace extensivo que si la madre vive con una persona que es perjudicial para la menor, debe hacérsele un estudio y con base en ello otorgarse la custodia al otro padre, por el riesgo que se corre.

    Nosotros tratamos de hacerla valer en alguna ocasión, pero la respuesta del Juzgado fue que la señora no era la violenta… pero ahora si que depende del criterio de cada Juez.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”