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  • Consulta : 282138
  • Autor : PeregrinaSalazar
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  • Autor
    Respuesta No: 393423

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    ¿La casa esta escriturada e inscrita en el Registro Publico de la Propiedad (Regularizada)?

    Si la casa esta regularizada, se debe abrir el juicio sucesorio, nombrar al albacea y en su caso hacer la escrituración a nombre de los herederos o hacer una cesión onerosa para quien quiera adquirir el inmueble, etc.

    Esto es, que se deben seguir paso a paso la transmisión de propiedad, en donde aparezca que el dueño le vendió a su tía y luego que esta falleció pero que se aperturó la sucesión y que usted adquirieron por tal motivo la casa o cedieron los derechos para adquirirla por un tercero y al final que se llevo la escrituración pero quien tenga los derechos debe pedir la formalidad al dueño original.

    Es un tema algo complejo, pero es lo que debe hacerse.

    Si el terreno es irregular, no hay escritura y no se encuentra inscrito en el Registro Publico de la Propiedad, teóricamente deben hacer el juicio sucesorio antecitado, pero la verdad es que en esos inmuebles no hay un documento que justifique la propiedad de una persona porque son terrenos ejidales o del estado y prácticamente las personas venden y compran como quieren hacerlo y lo que importa en esos casos es la posesión del inmueble.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”