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  • Consulta : 282059
  • Autor : AdvocatusRectus
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  • Autor
    Respuesta No: 393294

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante: Para poder exigir sus derechos debe estar al corriente de sus pagos, si no cuenta con estos recibos pueden desalojarlo, ya que estos son prueba que siempre ha pagado y estado al corriente; el desalojo debe ser voluntariamente por Usted o por Orden Judicial. En cuanto a la reparación de los servicios de agua y luz de debe estar a lo dispuesto en el contrato respectivo de arrendamiento. Saludos.