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  • Consulta : 282054
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 393259

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si esta casado el abuelo... por sociedad conyugal... es del... por el solo hecho de que así lo diga... el acta de nacimiento... hay o no haya capitulaciones matrimoniales.... y no podran quitarsela mientras viva... lo que si tiene que hacer es regularizar su situación...ya que es dueño de la mitad... y en base a la sociedad conyugal... es dueño de la otra mitad al momento de la muerte... pero debe pedirlo ante un juez familair... y en base a esto... como CONYUGE SUPERsTITE.... se le entregan los derechos que por hecho y por derecho le corresponden y podrá hacer actos traslativos de dominio... sin permiso de nadie... es el dueño.... vender...ceder...donar...permutar....rentar.... pero si se casaron por sepaación de bienes... no es dueño de nada... solo que este a su nombre....pero puede abrir el juicio sucesorio intestamentario a bienes de la finada... y como CONYUGE SUPERsTITE... solicitar se le entreguen los derechos... si demuestra que la esposa no trabajaba... que era ama de casa...o estaba incapacitada para trabajar... por lo que se entiende que el fue quien adquirio....y la puso a su nombre o en copropiedad..... tu abogado... te explica... busca un especialista en derecho familiar... muchos te diran... que sin capitulaciones no es dueño de nada... pero esto es falso... y solo el juez decide....en base a la ley... en este caso no al uso... no a la costumbre...