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  • Consulta : 281942
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 393047

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Usted podrá demandar paternidad SOLO para efecto que aparezca en su acta el nombre de su padre y llevar sus apellidos PERO NO para pensión alimenticia pues salvo el caso que usted esté incapacitada fuera de eso ya es usted mayor para trabajar y ganarse su propio dinero. Su padre ya no la debe ni tiene porque mantenerla.