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AutorRespuesta No: 393047
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Fecha de respuesta: Domingo 29 de Enero de 2017 19:06 2017-01-29 19:06 desde IP: 189.187.210.246
Usted podrá demandar paternidad SOLO para efecto que aparezca en su acta el nombre de su padre y llevar sus apellidos PERO NO para pensión alimenticia pues salvo el caso que usted esté incapacitada fuera de eso ya es usted mayor para trabajar y ganarse su propio dinero. Su padre ya no la debe ni tiene porque mantenerla.
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