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  • Consulta : 281928
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 393043

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    liquidación es y comprede.... 90 dias por indemnizacion constitucional... del salario integrado... parte proporcional de aguinaldo...vacaciones... prima vacacional... y 12 dias por cada año de servicios prestados... no 20... y estos al dobre del salario minimo... si ganabas mas del doble del salario minimo.... eso es la liquidación.... el finiquito solo comprende ....la parte proporcional de aguinaldo y vacaciones... y prima vacacional... de este año... si te debian anteriores... ya no se pagan... y lo que se deba de salarios...horas extras...y los viaticos pactados y no pagados... y comisiones... si de ellas dependia el salario... son dos cosas distintas... tu abogado te explica como pelear tu asunto si es lo que quieres...