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AutorRespuesta No: 393038
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Enero de 2017 15:10 2017-01-28 15:10 desde IP: 189.180.251.121
juridicamente?.... nada... ya tienes una sentencia sobre un inmueble ya vendido... y del que no inscribiste la demanda al momento de iniciar... y como no tienes escritura... no tienes nada.... ahora bien... solo tienes que buscar con el actuario al demandado... y que se levanten tres constancias de que no esta en ese lugar... y con ello pides se le tenga notificado por medio de las listas de estrados y procedes a pedir el cumplimiento por medio del juez... te vas al notario... lo firma el juez... y hechos todos los pagos... se ira al registro.... donde la van a rechazar... porque ya se escrituro a favor de otros... o sea... no tienes nada... tu abogado te explica...
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