Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 281888
  • Autor : Magister Curiae
  • Consultas en Foro: 11
  • Respuestas en Foro: 1120
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 392932

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Haga caso omiso de lo escrito por el forista AdvocatusRectus, quien se equivoca por completo en sus apreciaciones y formula respuestas tan alejadas de la realidad como falsas.

    En efecto, si usted realizó un préstamo mediante cheque y éste fue nominativo o fue depositado en la cuenta del receptor del cheque, entonces usted puede acreditar que entregó ese dinero, de tal manera que puede entablar demanda ejercitando la "acción de pago de lo indebido", en otras palabras, usted puede demandar alegando que pagó un dinero sin que tuviera esa deuda y, consecuentemente, que le devuelvan lo que pagó y que NO debía.