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  • Consulta : 281816
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 392801

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el solo es un heredero...TODOS LOS HEREDEROS TIENEN EL MISMO DERECHO SOBRE LA COSA... si le hacen reparación... adecuación o mantenimiento... es por su gusto... y el que lo haga ... puede pedir la fracción que a los demas les corresponde dar... pero si lo esta ocupando... no tiene ese derecho... ya que es en su beneficio... el que usa... esta obligado al mantenimiento y al pago de los servicios... sin poder pedir recompensa por ello o fracción a los demas... tu abogado te explica... en que momento se haran los inventarios y avaluos... la administracion y la partición de la cosa... sea por convenio... o por medio de partidor... cuando la cosa no puede ser partida... se vende y cada quien recibe la parte ALICUOTA QUE LE CORRESPONDE... si el que la ocupa... no la quiere desalojar... tiene prefeencia para comprar a los demas su parte... pero... si no lo hace en forma inmediata... debe venderse y su parte sera recibida por deposito en el juzgado...