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  • Consulta : 281788
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
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    (Resumen de Actividades)

    No aclara si el ISSSTE le otorgó la pensión a la exesposa. Pero por lo que se interpreta en la consulta: Para la exesposa la pensión no procede por que obviamente ya estaba divorciado. A la concubina lo más seguro es que tampoco proceda ya que al morir el señor se debió acreditar el concubinato al menos por cinco años, de acuerdo a la ley del ISSSTE. No queda claro cuanto tiempo pasó entre el divorcio y el fallecimiento. Pero si este lapso fue menor a cinco años, no se puede acreditar el concubinato, como lo exige la ley del ISSSTE, ya que no se puede estar en concubinato y casado al mismo tiempo. Así que ¿cuánto tiempo pasó desde el divorcio al fallecimiento?