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  • Consulta : 281808
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 392766

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Dígales que acudan cuando quieran pero con Actuario o Ejecutor del Juzgado y con el exequendo (orden de embargo) del Juez. Si de verdad nunca firmó le dejarán de molestar. Ahora que de darse el caso que efectivamente hay un pagaré con una firma falsificada entonces deberá objetar el documento. Pero por siete mil pesos, ni para pagar a un perito. No se deje sorprender por cobradores de tercera.