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  • Consulta : 281801
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 392747

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1... solo el deudor puede ser requerido de pago... 2... solo el deudor puede señalar bienes de su propiedad para darlos,,, en garantia de pago... en pago de la deuda... 3... solo la deudora... puede llegar a convenio... tu nada tenias que ver.... y no debiste abrir.... ni permitir el paso... sea quien sea... ya que no debes admitir a persona alguna en tu casa... cuando el deudor tiene casa...