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  • Consulta : 281643
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    A ver. Usted dice que hasta donde tiene conocimiento no es legal que el personal del registro civil le haya hecho un acta a la persona que refiere....PERDOOOONNNN ósea creo que su conocimiento está muy mal. El 100% de los mexicanos tenemos actas que fueron elaboradas por el personal del registro cvil ya que no hay otra institución que las haga. Entonces porque es ilegal a su juicio que él acta de la persona que menciona haya sido hecha por personal del registro civil? Ahora sí es por cuanto a que no hay un género definido y en el registro civil le pusieron uno...ESO NO ES ILEGAL no peque usted de ignorancia. Para registrar a una persona se requiere como elemento SINE QUA NON la constancia de alumbramiento que expedía el médico que atendió el parto. Cuando se trataba de personas hermafroditas, esto es que tenían físicamente ambos sexos, era el propio médico quien luego de un examen endocrino lógico estimaba si había más elementos de hombre o de mujer y con ello refería al registro civil el sexo. Si ponían que sería mujer y al paso de los años, esa persona desarrollaba más conceptos de varón, solo tendrían que ir con un endocrinologo a que haga a valoración y con el dictamen van a la vía judicial a solicitar RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO tomando como base ese informe médico y listo....el Juez ordenara la rectificación del sexo de esa persona. Pero insisto...el hecho que el registro civil haya asentado un sexo que no le corresponde a a persona. NO ES ILEGAL pues obedeció a un dictamen que en ese momento valoró el médico que atendió el parto.