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  • Consulta : 281642
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 392367

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no... si hay un juicio... este no puede dejarse de lado... el actuario... debe emplazar por fuerza... sabe como hacerlo... ya sea personal... por cedula... por citatorio... etc... o el actor lo puede hacer hasta por edictos... pero si hay cosas del demandado en la casa... no pueden ponerlo en posesión...