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AutorRespuesta No: 392367
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Diciembre de 2016 11:08 2016-12-02 11:08 desde IP: 189.180.233.36
no... si hay un juicio... este no puede dejarse de lado... el actuario... debe emplazar por fuerza... sabe como hacerlo... ya sea personal... por cedula... por citatorio... etc... o el actor lo puede hacer hasta por edictos... pero si hay cosas del demandado en la casa... no pueden ponerlo en posesión...
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