Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 281635
  • Autor : Magister Curiae
  • Consultas en Foro: 11
  • Respuestas en Foro: 1120
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 392340

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    rogeliobp:

    Se entiende que usted dejó de devolver el dinero a la señora que le fue a ver y que posiblemente regrese con sus mismas pretensiones.

    Así que si tal señora regresa para requerirle la devolución de lo pagado, lo primero que usted debe hacer es informarle que ella nunca participo de tal contrato, e inclusive que carece de pruebas de que sea tía de los muchachos y que los pueda representar legalmente, de tal manera que para que usted tenga tratos con ella, primero deberá cumplir el requisito de sus sobrinos le otorguen un poder notarial para que los represente legalmente.

    Pero es el caso de que los contratos de arrendamiento, conforme a la ley, deben celebrarse por un mínimo de un año, por lo que también debe informarle, que cuando la tía ya tenga su poder notarial, tendrá que demandarle la rescisión del contrato verbal de arrendamiento y pagarle a usted todo el año de rentas.

    Si usted sigue mis consejos, ya verá que esa mujer primero se aburre que continúe con el mismo cuento, pero si insiste, usted ya tiene los argumentos que debe usar hasta para el caso de que sea citado por el Ministerio Público o que le demanden en juicio civil.