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AutorRespuesta No: 392303
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Fecha de respuesta: Martes 29 de Noviembre de 2016 15:12 2016-11-29 15:12 desde IP: 189.180.233.36
si ha dado pensión... y no lo pactado... y nunca le reclamaste... es porque no lo necesitas... ese es el pensamiento del juez y del fiscal o m.p... puedes hacer por medio de un abogado... una planilla de liquidación de las cantidades adeudadas... y con la sentencia interlocutoria.... embaragar bienes de esta persona... no hay acción penal... porque esta dando... con un peso que de... ya no hay delito... porque los hijos no estan solos o en peligro... estas tu para ello... que ya te hayas cansado... no significa nada...
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