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  • Consulta : 281592
  • Autor : PeregrinaSalazar
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  • Autor
    Respuesta No: 392270

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    En las cuentas bancarias se suele nombrar a beneficiarios y éste puede cobrar el dinero directamente al banco.

    Pero si no hay beneficiario, se debe aperturar el juicio sucesorio y a través del mismo llevar a cabo la entrega del dinero… Para este tramite, si necesitas abogado.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”