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  • Consulta : 281456
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 392261

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    De la lectura de la presente consulta, no se actualiza la obligación subsidiaria de los abuelos, ya existe jurisprudencia de la décima época al respecto, esta se actualizaría a falta o imposibilidad de ambos progenitores, demandar al abuelo paterno claro que se puede hacer que proceda es otra cuestión.