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  • Consulta : 281579
  • Autor : PeregrinaSalazar
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  • Autor
    Respuesta No: 392248

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    El primer comprador es el dueño y ello tiene efectos contra terceros porque el acto jurídico (Compraventa) lo formalizó e inscribió en el Registro Público.

    De ahí que tu contrato de compraventa es nulo, porque nadie puede vender lo que no es suyo y debes demandar al vendedor por celebrar un contrato sobre una cosa que ya había salido de su propiedad y no era suya.

    En conclusión, tienes que demandar a tu vendedor e incluso denunciarlo por fraude.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”