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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Noviembre de 2016 22:28 2016-11-24 22:28 desde IP: 201.141.130.87
gracias por sus respuestas, todas son valiosas, es un tema confuso, para alguien que no es abogado. Para mayor precisión aclaro que el arrendamiento es el DF, solo que el sistema de mexico legal puso que era de aguascalientes, pero no. con sus respuesta surgen las siguientes preguntas ojala pudieran responderme: 1.- la rescisión de contrato de arrendamiento solo es procedente cuando el contrato por tiempo definido aun no vence? 2.- y por ende no puede pedirse la rescisión de un contrato que ya vencido y el cual se renovó por tacita reconduccion? ¿paras ello seria procedente la terminación?
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