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  • Consulta : 281577
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 392232

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    palomita_v:

    Es inexacto que existan varias vías como afirma el colega de FLORES-ABOGADOS, lo cierto, certísimo, es que la vía única y adecuada es una demanda ejercitando la acción de petición de herencia, misma que normalmente está incluida en uno de los últimos artículos del capítulo de las sucesiones en los códigos civiles, y establece esta acción a favor del heredero preterido, es decir, a favor del heredero omitido de llamar en el juicio sucesorio.

    En otras palabras: la acción de petición de herencia es la única acción legal específica para que un heredero preterido reclame y obtenga una sentencia que, como el mismo código civil establece, le reconozca el carácter de heredero y ordene que le sean entregados tanta la porción hereditaria que le corresponda, como sus frutos e intereses, y esta acción prescribe a los diez años.

    Es aconsejable que, independientemente de esta demanda civil de petición de herencia, la Representación Social intervenga con una acción penal por delito de fraude procesal y/o falsedad en declaraciones ante la autoridad judicial en persecución de delitos cometidos por las dos hermanas.