Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 281540
  • Autor : PeregrinaSalazar
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 233
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 392112

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    Existe responsabilidad civil por parte de la escuela, ya que es su obligación vigilar a los niños cuando estén en clase de conformidad con el Código Civil de Veracruz.

    “ARTICULO 1853 Cesa la responsabilidad a que se refiere el artículo anterior, cuando los menores ejecuten los actos que dan origen a ella, encontrándose bajo la vigilancia y autoridad de otras personas, como directores de colegios, de talleres, etc., pues entonces esas personas asumirán la responsabilidad de que se trata.”

    Claro que el asunto de responsabilidad civil tiene mucho que ver en como ocurrieron las cosas, para si no existe una causa para liberar de responsabilidad a quien debía vigilarlo, por lo que necesita consultar un abogado para que la oriente.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”