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  • Consulta : 281522
  • Autor : PeregrinaSalazar
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  • Autor
    Respuesta No: 392077

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    Disculpa, pero no mencionas si existe una sentencia que haya decretado el pago de alimentos a la esposa e hijo.

    Si existe sentencia, el está obligado a pagar los alimentos hasta que no promueva un incidente de cancelación de pensión alimenticia, alegando que la señora trabaja y que lo que gana es suficiente para sostenerse.

    Respecto de que el señor quiere ver más a su hijo, debe tramitar un incidente de régimen de visitas si es que no lo tiene o pedir su modificación en caso de que haya sentencia, para ver si el Juez autoriza que lo vea entre semana y la señora se opone.

    Por ultimo, el hecho de que el señor vea a su hijo entre semana, no lo libera de pagar menos alimentos, porque el Juez es quien los decreta y así se deben pagar a menos que pida una reducción.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”