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Fecha de respuesta: Martes 15 de Noviembre de 2016 23:11 2016-11-15 23:11 desde IP: 189.216.197.167
Buenas noches.
Disculpa, pero no mencionas si existe una sentencia que haya decretado el pago de alimentos a la esposa e hijo.
Si existe sentencia, el está obligado a pagar los alimentos hasta que no promueva un incidente de cancelación de pensión alimenticia, alegando que la señora trabaja y que lo que gana es suficiente para sostenerse.
Respecto de que el señor quiere ver más a su hijo, debe tramitar un incidente de régimen de visitas si es que no lo tiene o pedir su modificación en caso de que haya sentencia, para ver si el Juez autoriza que lo vea entre semana y la señora se opone.
Por ultimo, el hecho de que el señor vea a su hijo entre semana, no lo libera de pagar menos alimentos, porque el Juez es quien los decreta y así se deben pagar a menos que pida una reducción.
“Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”
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