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  • Consulta : 281485
  • Autor : Lic. Cervantes
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  • Autor
    Respuesta No: 392002

  • Lic. Cervantes
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Consultante: Si efectivamente hubo una Sentencia Condenatoria con una penalidad de 4 años 9 meses de prisión, significa que una vez ejecutoriada la sentencia (que ya no hay recursos que interponer o juicios de amparo que promover) se libró una orden de reaprehensión en contra de su hijo, a fin de ser puesto a disposición del Juez de ejecución de penas y cumpla la pena de prisión correspondiente. Ahora bien, la pena de prisión prescribe en un término igual al de la pena, mas la cuarta parte, por ende, prescribe en 6 años aproximadamente a partir de que causó ejecutoria, sin embargo, cuando el inculpado se encuentra en el extranjero, la temporalidad para prescribir normalmente se duplica. Saludos.