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  • Consulta : 281470
  • Autor : Magister Curiae
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  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Con la soga al cuello y después del niño ahogado:

    Cuando a alguien le duele la punta del dedo meñique de su mano, corre al hospital y/o a consultar al médico, pero cuando ya está con la soga al cuello y a punto de que le retiren el banquillo que está bajo sus pies, es cuando se le ocurre preguntar al abogado si su problema pudiera tener solución.

    ¿Por qué no consultó antes de realizar actos jurídicos que afectarían su vida?

    En primer lugar arrendatario debería ser usted, porque el dueño del inmueble es el arrendador.

    Pero para complicar las cosas resulta que usted firmó pagarés por cada renta mensual, y esos documentos son autónomos, así que se los pueden cobrar aunque usted abandone el inmueble.

    Por otra parte es de la mayor importancia que usted dice tener un contrato de "compra-renta", el cual en nuestro derecho es inexistente, pero como usted se siente abogado usa terminología que ni entiende ni sabe de qué se trata, y de allí viene todo su problema: usted se sintió lo suficientemente conocedor del derecho como para firmar contratos y pagarés sin contratar a un abogado y ahora que tiene la soga al cuello pretende que le solucionen sus problemas que usted mismo se buscó, lo que ciertamente es posible pero le costará una buena cantidad de dinero.

    En efecto, usted pudiera demandar la nulidad del contrato por la existencia de vicios ocultos, pero requerirá de un abogado que le patrocine el negocio y, desde luego que su contrario (el vendedor) alegará que ya pasaron más de los seis meses que la Ley le concede para demandar por vicios del consentimiento.

    Es pertinente señalar que el problema de usted deviene del hecho de que usted ha pretendido ahorrarse unos pocos pesos al dejar de contratar un abogado que le asesorara a tiempo, o por lo menos dejó de pedir consejo gratuito en este mismo foro, y ahora las consecuencias de su abstención le pueden salir muy caras.