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  • Consulta : 281463
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 391964

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    mcs6970:

    ¿¡¿Qué el deudor alimentario NO encuentra trabajo?!?.

    De seguro que dicho deudor se está haciendo el loco.

    Así que usted debe ir con el agente del Ministerio Público y levantar acta por el delito de "incumplimiento de obligaciones alimentarias" para que el padre de sus hijos cumpla con su obligación o se vaya a la cárcel.

    El asunto con el Ministerio Público también servirá como antecedente para que usted pueda demandar la pensión alimentaria que deba ser pagada por su suegro (abuelo paterno) o como quiera llamar al padre del padre de sus hijos.