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AutorRespuesta No: 391893
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Noviembre de 2016 15:17 2016-11-07 15:17 desde IP: 189.180.198.113
joven ulloa... no estamos en conflicto... se entiende que... primero le reclamo en la via judicial el pago... no tiene bienes y no me paga... cuando se dicte la sentencia ejecutoriada de la acción mercantil... le vuelvo a reclamar el pago... por el simple hecho de que ya tengo una sentencia.... y ya cumpli con el punto de requerirlo de pago... y si no me paga y demuestro que no tenia bienes al momento de firmar el pagare... con eso configuro del fraude de domento mercantil.... la insolvencia es patente... en este caso... y no cinfundo.. no presiono... es como es.... sin sentencia... no hay causa penal... quien tiene que demostrar la falta de pago...soy yo... el dueño del documento... y que tuviera oportunidad de pagar o que se obligo en base a suposiciones... eso no lo libera de la deuda y del delito.... y no paga con carcel... era insolvente cuando firmo... y se confirmo cuando se le requirio de pago... y luego cuando se dicto la sentencia... y se ejecutorio... se le dió un termino para dar cumplimiento a la misma... no cumpliendo... se le ejecuta nuevamente y si no hay bienes... es que nunca los tuvo y por ende se encasilla en el delito... sorprendio con su firma en un documento mercantil... ya no hay duda... porque fue requerido civilmente.... y tuvo un plazo para demostrar que... la firma no es suya... que no tenia conocimiento de la obligaci´n que contraia... o culquiera otra burrada de las que alegan ahora... pero no se libra del pago o de la carcel...
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