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AutorRespuesta No: 391884
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Noviembre de 2016 14:57 2016-11-07 14:57 desde IP: 189.180.198.113
SOLO PUEDES EMBARGAR LOS BIENES PROPIEDAD DEL DEUDOR ... ese es el punto medular... yr a requerir el pago en forma JUDICIAL... y que diga que no tiene bienes y no señala bienes.... entonces cae en la figura de insolvencia... y podras hacer tu acción penal por fraude maquinado... ya que firmo un documento mercantil.... sabiendo que no tenia bienes y sabiendo que no iba a pagar ese documento... y para aquellos que van a salir con su necedad del artículo 17 constitucional... que en deudas de caracter civil... no hay carcel.... esta el codigo penal... y hay jurisprudencia al respecto... y para el JOVEN LITIGANTE... que es eso de la autonomia del documento... no digas burradas... ya me esta convenciendo ULLLOA que si estas burro... abusado al consultar... es dar soluciones... no demostrar que no aprendiste nada en la escuela... saludos
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