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  • Consulta : 281435
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 391849

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    todo acto... que deba tener un contrato... el arrendamiento... lo tiene que tenr... puedes demandar el otorgamiento de contrato y la entrega de recibos fiscales... y demostrar al juez con los recibos de pago de servicios la existencia del contrato adverbis... y hecha la demanda... iniciar la acción penal de despojo... ya que al qitarte el agua... se configura ese delito... equivalente al robo... y se puede ir a la carcel... diran los conocedores del derecho penal... ya no existe el delito como tal... y si se denuncia... pero... se fija fianza y no pisa el bote... si... pero ya esta hecho el daño... y.... en la audiencia oral del juicio civil... podran llegar a convenio... esto es rapidisimo... en uno o dos años... se resuelve... saludos ulloa... saludos...