Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 281414
  • Autor : tuamigoabogado
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1627
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 391798

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido(a) Consultante: Con la información proporcionada le comento, que puedes acudir a tu fuente de trabajo y percatarte si continua laborando, o si es el mismo giro pero de manera fraudulenta, cambio la razón social pero el giro es el mismo, el artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo consigna que el cambio de personas físicas o morales en cualquier negociación, en virtud de traspaso de éstas, no afecta en lo absoluto los contratos de trabajo existentes entre el primer propietario o patrón sustituto, o el adquirente patrón sustituto, y que en consecuencia surten todos sus efectos jurídicos para éste último, por lo que es necesario que usted acuda a su fuente de trabajo e investigue si existe cualquier cambio. En caso de que gustes te amplié la consulta quedo a tus ordenes en w w w. abogadoasesoria. c om. m x tuamigoabogado aroba ya hoo .c om. m x