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  • Consulta : 281350
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 391772

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1.... las declaraciones que hayas hecho ..o esa de que eres soltero... no te causan daño alguno... y si las firmaste así... es ...PORQUE TU QUISISTE... ya que nadie obliga a nadie a firmar nada... 2.... el albacea... no puede vender nada... si no ha sido adjudicado... o ha pedido permiso al juez y los herederos estan de acuerdo... 3.... una vez concretada la venta... es obligación del albacea... poner a la vista el dinero total... lo que recibió... y poner a la vista los gastos que ese acto generó... y demostrarlos... esto en el juzgado... en el expediente... en la cuarta sección.... y solo que ustedes ....los herederos autoricen... podrá descontarse la cantidad que pretende hacer creer q se gasto... sino no es claro al juez... pueden pedir... que se entregue la suma por partes iguales... 4.... no te puede pedir en forma alguna que hagas gastos de de nada... sino no lo ha solicitado por medio de escrito en el juzgado... y tu lo aceptes... ya que los gastos que tu hagas... te deberan ser reembolsados al momento de los actos de venta... nadie se beneficia de nada... las cuentas deben ser claras... TU ABOGADO ESPECIALISTA EN DERECHO SUCESORIO... te explica....d preferencia del lugar donde se lleva el asunto... y te dice que necesitas para hacer la remoción del albacea...