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  • Consulta : 281368
  • Autor : ricardo falcon
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  • Autor
    Respuesta No: 391691

  • ricardo falcon
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    mi estimado jerry, en efecto si te pueden iniciar un juicio ejecutivo mercantil, y una vez que les acuerden la demanda les darán fecha para notificarte y allí mismo el actuario te dara el derecho a señalar bienes y si no accedes el actor invocara su derecho a señalarlos, y quedaran embargados, si estos no fueran tuyos le provocaras un problema al propietario de estos bienes porque entonces se vera obligado a contratar un abogado para liberarlos con una tercería, que es un medio de defensa para un tercero afectado, como el pagare esta firmado y sin fecha te cobraran a la vista al momento de la notificación, si no tuvieras nada para pagar, hasta el 30 % del excedente de tu salario mínimo puede quedar embargado, si te embargan tu vehículo no podrás usarlo, ni venderlo,( enajenarlo, ), si lo usas el actor puede solicitar el cambio de depositario, si antes eras tu, a hora puede ser el mismo. si aun asi no pagas el pagare se puede inscribir en el registro publico de la propiedad si tu casa estubiera inscrita en el rpp de tu ciudad, y los intereses iran aumentando, lo que ya pagaste se fue primero a intereses, prácticamente no has pagado, lo que puedes hacer es un buen acuerdo con el abogado que te esta cobrando, si es el nuevo propietario del titulo de credito que firmaste, o dicho de otro modo compro tu deuda a la sofol financiera independencia, sera mas facil.