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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Abril de 2016 09:37 2016-04-25 09:37 desde IP: 187.144.36.115
es caucion.... que comprende... reparación del daño...el monto total de lo reclamado.. multa ... que es la que señala la ley penal de la zona... y fianza.... este es un monto total... y solo hay que presentarlo... en efectivo... por medio de afianzadora... o en garantía hipotecaria... y sale... esto es lo que hay que hacer... si quieres que salga... tu abogado no te propone nada... porque ve que no estas dispuesta a pagar nada... seguro ni la caucion... y no es venganza... es justicia... cuando ha dejado de hacer el pago de alguna prestación... la ley le concede el beneficio a la acreedora...
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