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  • Consulta : 209615
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 388330

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    es caucion.... que comprende... reparación del daño...el monto total de lo reclamado.. multa ... que es la que señala la ley penal de la zona... y fianza.... este es un monto total... y solo hay que presentarlo... en efectivo... por medio de afianzadora... o en garantía hipotecaria... y sale... esto es lo que hay que hacer... si quieres que salga... tu abogado no te propone nada... porque ve que no estas dispuesta a pagar nada... seguro ni la caucion... y no es venganza... es justicia... cuando ha dejado de hacer el pago de alguna prestación... la ley le concede el beneficio a la acreedora...