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  • Consulta : 278528
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 386324

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El principio de derecho dice... El que afirma está obligado a probar... El actor...ya tiene la prueba de la deuda... Un documento nominado... El demandado...dice que no es su firma...este está obligado a demostrar que no lo es...por medio de una pericial en materia de grafoscopia...y pagarla...y el actor... Debe ofrecer la misma prueba y pagarla... Por lo general... Quien tiene un documento no quiere hacer gastos...y los criterios de la corte ...no tienen valor alguno...si no se hicieron los desahogos de los medios de prueba que la ley les permite...sin las periciales...no hay prueba que el juez deba valorar...si el demandado... Dice que no es la firma...pero no ofrece la prueba grafoscopica...su excepción no tiene ningún valor...el juez dictará en su contra...si el demandado la ofrece y la desahoga... El actor está obligado a desahogar la propia...por fuerza...ya que si dice que se atiene a lo que diga el perito de la demandada y este dice que no es la firma...ya perdió el juicio y nada podrá recuperar en una apelación ...si esta se puede... O en un juicio de amparo...si este se promueve...porque no hay...elementos en contradicción....