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AutorRespuesta No: 385903
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Septiembre de 2015 19:48 2015-09-28 19:48 desde IP: 187.176.101.171
No, con independencia de que la Ley Federal del Trabajo expresamente señala que las vacaciones no pueden ser compensadas económicamente (pagadas), el derecho a reclamalas, como bien lo sabe, está prescrito, y esa prescripción opera tanto para el disfrute como para el pago.
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