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AutorRespuesta No: 378399
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Abril de 2015 00:30 2015-04-23 00:30 desde IP: 201.102.4.135
Respuesta: NO ES POSIBLE.
En efecto, existen dos formas en que la menor puede ser reconocida por el padre, una es precísamente el RECONOCIMIENTO de hijo como tal, y en todo caso se tendrá que levantar el acta en el Registro Civil en la cual se deberán asentar los datos del "nuevo padre", obvio con su apellido y el de usted.
La segunda opción y la más viable es tramitar el juicio de Reconocimiento de Paternidad, una vez dictada la sentencia y que haya quedado firme, necesariamente se deberá ordenar en la misma sentencia levantar el acta de nacimiento con los apellidos tanto del padre como de la madre.
Atentamente: Lic. José Luis Montes de Oca Palacios.
montesdeocalic
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