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  • Consulta : 262140
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 377618

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Pagar la deuda y solicitar le entreguen el original del título de crédito; una vez que tenga dicho original, podrá demandar al avalado.