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  • Consulta : 249939
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Usted está recibiendo solamente requerimientos de pago de los que usualmente se valen los cobradores pretendiendo intimidar al deudor para que pague lo que a ellos se les antoja.

    Con el documento que le entregaron, acuda ante el agente del Ministerio Público y presente en contra de la Institución la denuncia correspondiente por la usurpacióin de funciones que están llevando a cabo, ya que solamente un Juez, previa presentación y admisión de una demanda,puede ordenar el embargo de bienes, y dicho embargo solamente lo autorizaría por el importe de la suerte principal y además, sujetandose a las formalidades esenciales del procedimiento.