- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 246777
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3408
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 369278
-
Fecha de respuesta: Viernes 31 de Octubre de 2014 20:13 2014-10-31 20:13 desde IP: 189.211.135.22
Si ustred labora tiempo extraordinario, dicho pago no solamente es legal, sino de justicia social, de forma tal que no es comprensible el porqué para usted es frustrante que el patrón cumpla con esa obligación a su cargo.
Por otra parte, el patrón no tiene ninguna obligación de permitirle ausentarse del centro de trabajo durante su jornada laboral; usted firmó un contra en el que se obligó a prestar su servicio de las 09:00 a las 18:30 horas, y en consecuencia, usted está obligado a laborar precisamente durante esa jornada.
-
Autor