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  • Consulta : 236933
  • Autor : fidaderes
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  • fidaderes
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Raul Cadena, agradesco muchisimo tu valioso comentario y no puedo decir que estas equivocado por que cometeria yo un error, mis comentarios van encaminados hacia lo que se puede observar durante un juicio en el cual las practicas que tu mencionas como "preferencias de genero" se pueden constatar y no me refiero solo a casos de guarda y custodia sino en lo general (existen algunas exepciones) en el estado de morelos en el CODIGO PROCESAL FAMILIAR art. 2012 se hace mencion qde que en ausencia de acuerdo se dejará a la madre el cuidado de los hijos que no hayan cumplido los 7 años.

     

    si bien es verdad mi desconocimiento total de la materia puesto que NO soy ABOGADO, si me e mantenido al tanto de todo el procedimiento asi como de las pruebas que se an ofrecido en el cual en casi todas se muestran las deficiencias del cuidado del menor asi como un peligro latente para el mismo, el juzgado no actua por ser un hombre quien esta aportando dichas pruebas.

    reitero mi comentario de que tus aportes si son muy valiosos ya que en lo personal a mi me a servido tu comentario y de igual forma te lo agradesco.

    Saludos.

    siete años