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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Mayo de 2014 21:52 2014-05-02 21:52 desde IP: 201.134.188.66
Estimado consultante:
Si usted esta seguro de su paternidad, y quiere reconocer al menor, deberá demandar el reconocimiento de la paternidad del menor.
Las probabilidades de éxito, dependerán directamente de las pruebas que ofrezca y desahogue durante el curso del juicio, siendo la mas importante, la pericial en génetica, o mejor conocida como la prueba de ADN.
Además deberá esta conciente que dicho reconocimiento, a usted le otorgará ciertos derechos para con el menor, y al mismo tiempo le generará OBLIGACIONES, de las cuales no podrá desentenderse .
Quedo a sus órdenes para ampliar la informacion.
Saludos cordiales.
RAHR
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