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  • Consulta : 228590
  • Autor : RAHR
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  • Autor
    Respuesta No: 354078

  • RAHR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante:

     

    Si usted esta seguro de su paternidad, y quiere reconocer al menor, deberá demandar el reconocimiento de la paternidad del menor.

    Las probabilidades de éxito, dependerán directamente de las pruebas que ofrezca y desahogue durante el curso del juicio, siendo la mas importante, la pericial en génetica, o mejor conocida como la prueba de ADN.

    Además deberá esta conciente que dicho reconocimiento, a usted le otorgará ciertos derechos para con el menor, y al mismo tiempo le generará OBLIGACIONES, de las cuales no podrá desentenderse .

    Quedo a sus órdenes para ampliar la informacion.

    Saludos cordiales.

    RAHR