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  • Consulta : 225011
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 346626

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, el adulterio no está tipificado como delito en el Código Penal del Estado de Chiihuahua; solamente es causal de divorcio.

    Sin embargo, dicha conducta como causal de divorcio, es refractaria a la prueba directa, dado que si se considera que consiste en la relación sexual que una persona sostiene con otra que no es su cónyuge, evidentemente el acto sexual se lleva en la intimidad y sin la presencia de testigos; por tanto, solamente podrá acreditarse a través de la prueba indirecta, con la copia certificada del acta de nacimiento del hijo procreado como consecuencia de esa relación sexual, a condición, por un lado, que sea reconocido por ambos padres y, por la otra, que durante el juicio, el demandado no acredite que el producto de la concepción no acredite que fue engendrado por alguno de los muchos medios de concepción asistida, como la inseminación artificial, la reproducción in vitro, o cualquiera de aquellos que permiten engendrar a un hijo sin sostener relación sexual alguna.