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  • Consulta : 217081
  • Autor : Isengard
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  • Autor
    Respuesta No: 336118

  • Isengard
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Vera usted consultante:

    Esa relacion se configura bajo la figura de concubinato, de tal suerte que su consorte legalmente es considerada como su esposa (en cuantos derechos que a ella concierne) tales como derecho a reparticion de bienes al 50% (los cuales hayan sido adquiridos durante el tiempo del concubinato) y el derecho a recibir de usted una pension alimenticia en caso de que no trabaje, por durante la mitad del tiempo en que duro el concubinato.

    De igual forma su hijo tiene derecho a recibir esa pension que usted dice que esta dando. Lo mejor es que lo establezca legalmente asi se evitar problemas como le quieran imar el delito de abandono de personas porque legalmente usted no ha depositado pension.

    A cambio de todo lo anterior usted tendra derecho a convivir con su menor hijo los fines de semana, o cada 15 dias o sea como el convenio judicial se estableciere, ratificado por un juez de lo familiar.

    Necesita los servicios de un abogado especialista en derecho familiar para lograr todo esto.

    Saludos