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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Marzo de 2013 19:42 2013-03-07 19:42 desde IP: 187.214.24.20
Disculpen, no soy abogado pero aqui mencionan que se puede otorgar sesion de derechos o que se puede escriturar con el comprardor en el notario, pero no veo que indiquen que primero se tiene que AJUDICAR la propiedad, o sea para que legalmente ya haya un dueño legitimo, y este pueda vender, porque yo se que el hecho de ser decharado hereero universal y albacea no quiere decir que ya sea tuya la propiedad legalmente, y aparte de eso que pasa con la COMPROBACION de los ingresos con hacienda, de donde vas a declarar que ingresaron a tu cuenta X dinero si no apareces que hiciste una venta de algo ya que quieres saltar ese proceso.
No se que opinan USTEDES son los abogados, ( Yo solo tengo un poco de experiencia personal en un juicio intestado).
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