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  • Consulta : 160294
  • Autor : correodemike
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  • Autor
    Respuesta No: 306041

  • correodemike
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Disculpen, no soy abogado pero aqui mencionan que se puede otorgar sesion de derechos o que se puede escriturar con el comprardor en el notario, pero no veo que indiquen que primero se tiene que AJUDICAR  la propiedad, o sea para que legalmente ya  haya un dueño legitimo, y este pueda vender, porque yo se que el hecho de ser decharado hereero universal y albacea no quiere decir que ya sea tuya la propiedad legalmente, y aparte de eso que pasa con la COMPROBACION de los ingresos con hacienda, de donde vas a declarar que ingresaron a tu cuenta X dinero si no apareces que hiciste una venta de algo ya que quieres saltar ese proceso.

    No se que opinan USTEDES son los abogados,  ( Yo solo tengo un poco de experiencia personal en un juicio intestado).