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  • Consulta : 182670
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 298329

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    stán obligadas al pago del tributo las personas físicas y morales ...

    que esten dadas de alta...

    debes ser muy joven...

    en los años 70.... a que tiempos!

    para hacer un juicio mercantil... debia uno enterar al fisco con una copia del auto que lo permitia... y no habia ejecuciòn de embargo... sin ese requerimiento...

    esto dejo de hacerse... cuando nace el iva.... solo los comrciantes pueden cobrar el iva.... impuesto en cascada...

    pero si no esta inserto en el documento.... por ley que rige a la materia LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO.... no pueds cobrar lo que el documento no señala.... estamos de acuerdo?

    que tu enteres o no la existencia de una deuda... esto lo es para efectos del ISR.... pero no puedes deducir el iva.... del isr... sobre una deuda mercantil.... puesto que los efectos del documento traen el cobro a cierto tiempo de la vista... y aun peor.. despues de la misma.... solo... por medio de juzgado.... y solo para efectos de la insolvencia....

    si la incluyes por insolvencia.... no puedes pedir la devoluciòn del iva en tu pago de isr... estamos de acuerdo?