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- Autor : Arturo Hdez Cuadra
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AutorRespuesta No: 298230
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Fecha de respuesta: Viernes 11 de Enero de 2013 18:53 2013-01-11 18:53 desde IP: 189.182.173.211
Si el Actor se desistió de la ACCION, entonces no puede volver a demandar; pero si el desistimiento fue unicamente de la INSTANCIA, la Ley le concede el derecho de volver a demandar.
- Debe revisar el acuerdo que tuvo por desistido al actor para revisar los terminos de dicho desistimiento.
Asimismo, ¿porqué lo demandaron si los pagarén vencen hasta agosto del 2013? Todavia no son exigibles.
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