Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 177559
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 293043

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si tienes hermanos o padres... puedes celbrar  compra-venta de usufructo vitalicio para ti y nuda propiedad para ellos... y eso ya no entra ... a la sociedad conyugal...

    no se quien te asesori... pero si puedes iniciar juicio por la causal de dos años... si en el expediente que perdiste... se asento cuando se dio la separaciòn....

    se entiende que a los seis meses de la separaciòn... los bienes que adquirieras ... ya no entran en la sociedad conyugal... pero busca  el codigo civil de tu klocalidad y consultalo... el del año 2012.... no te vayan a vender uno ya vencido o caducado... o con falta de reformas...

    siempre puedes divorciarte por otra causal....

    y si puedes...no compres nada a tu nombre...

    puede comprar tu hermano y en ese momento darte un poder para pletos...cobranzas... actos de administraciòn... riguroso dominio... con clausula proto rem o para auto escrituraciòn..... NO REVOCABLE.... TU NOTARIO TE EXPLICA...... y lateralmente un  contratoi de compraventa privado... solo para asegurarte que no te va a quitar la casa....