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  • Consulta : 173398
  • Autor : IGNACIO_lk
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  • IGNACIO_lk
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    (Resumen de Actividades)

    no concuerdo con la forista bedoya abogada, por que la solicitud de divorcio incausado solo necesita contemplar los siguientes requisitos

    Artículo 2.373.- La solicitud de divorcio podrá presentarse por uno de los cónyuges, sin necesidad de señalar la razón que lo motive, debiendo acompañar:

     I. Acta de matrimonio en copia certificada;

     II. Acta de nacimiento de los hijos, en copia certificada; y

     III. Propuesta de convenio que habrá de regular las consecuencias de la disolución del vínculo matrimonial, debiendo contener:

     a) La designación sobre la guarda y custodia de los hijos menores o incapaces y, el domicilio donde vivirán;

     b) El régimen de visita y convivencia respecto del progenitor que no ejercerá la guarda y custodia de los menores;

     c) La designación del cónyuge que seguirá habitando, en su caso, el domicilio donde se haga vida en común;

     d) La cantidad que por concepto de alimentos se propone, para atender las necesidades de los hijos y en su caso del cónyuge a quien deba darse alimentos, la forma, lugar y temporalidad para hacerlo, los elementos que permitan al Juez fijar la pensión propuesta, así como la garantía para asegurar su cumplimiento;

     e) La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide, así como la forma de liquidarla, después de decretado el divorcio; y

     f) Tratándose del régimen de separación de bienes, la forma de repartir los bienes adquiridos durante el matrimonio, en los términos previstos por el artículo 4.46 del Código Civil del Estado.

     En la solicitud, se podrá pedir la aplicación de medidas precautorias, acompañando en su caso, la documentación que se estime necesaria.

     Se exhibirá copia de la solicitud y documentos exhibidos para traslado,

    el ofrecimiento de pruebas se realiza despues de terminar la segunda audiencia de aveniencia,  Se otorgará a las partes un plazo común de cinco días para que conforme a los requisitos de una demanda, formulen sus pretensiones, hechos y ofrezcan sus medios de prueba, respecto de los puntos que no hayan sido objeto de consenso y los demás que estimen convenientes. 

    Con los escritos que presenten las partes, se les dará vista para que manifiesten lo que a su interés convenga, opongan defensas y excepciones y ofrezca los medios de prueba respectivos, por un plazo de cinco días.