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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Septiembre de 2012 22:57 2012-09-08 22:57 desde IP: 189.221.187.14
Hola.
Mira, desde mi punto de vista, si abandonaste tu trabajo, por lo tanto la empresa no esta obligada a pagarte una indemnización, ni prima de antigüedad en caso de que no tengas más de 15 años laborando para la misma. Lo que te recomiendo es que acudas a la Inspectoria de trabajo de tu localidad, o secretaría de trabajo, en fin puede cambiar de nombre la dependencia según donde vivas, pero el hecho es que acudas para que los citen a los dos y convengan a pagarte tu finiquito, y tu a devolver los utencilios o herramientas de trabajo que pudieras tener, (en su caso), ahi en ese convenio checa quetanto tu como ellos se renuncien a cualuier tipo de acción legal, laboral, civil o penal, es obligatorio que lo pongan las autoridades en el convenio, pero checalo, y con eso no tendrás ningún tipo de problemas posteriores.
Saludos
Carlos S. Holguin
DJFC Despacho Jurídico Fiscal & Contable
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