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  • Consulta : 168611
  • Autor : cs_holguin
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    Respuesta No: 284151

  • cs_holguin
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Hola.

    Mira, desde mi punto de vista, si abandonaste tu trabajo, por lo tanto la empresa no esta obligada a pagarte una indemnización, ni prima de antigüedad en caso de que no tengas más de 15 años laborando para la misma. Lo que te recomiendo es que acudas a la Inspectoria de trabajo de tu localidad, o secretaría de trabajo, en fin puede cambiar de nombre la dependencia  según donde vivas, pero el hecho es que acudas para que los citen a los dos y convengan a pagarte tu finiquito, y tu a devolver los utencilios o herramientas de trabajo que pudieras tener, (en su caso), ahi en ese convenio checa quetanto tu como ellos se renuncien a cualuier tipo de acción legal, laboral, civil o penal, es obligatorio que lo pongan las autoridades en el convenio, pero checalo, y con eso no tendrás ningún tipo de problemas posteriores.

    Saludos

    Carlos S. Holguin

    DJFC Despacho Jurídico Fiscal & Contable

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