Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 166461
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 282163

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Pues existe la dependencia económica y se puede justificar, pero el problema será si después de que Usted obtenga la pensión por riesgo de trabajo le pretendan quitar la pensión por viudez, si fuera el caso, contra la suspensión o cancelación de igual forma procedería el amparo por la inconstitucionalidad de la Ley.

    Las diligencias de información testimonial para acreditar la dependencia económica, se tramitan ante Juez de lo Familiar.

    Suerte!